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    El TSJA anula los criterios de interpretación del Ayuntamiento de Granada sobre viviendas turísticas

    GRX ActualidadBy GRX Actualidad23 de abril de 2026Actualizado:24 de abril de 2026No hay comentarios4 Minutos de lectura
    Panorámica de Granada. Imagen: Unsplash
    Panorámica de Granada. Imagen: Unsplash
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    El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el acuerdo de pleno del Ayuntamiento de Granada por el que se pretendía aplicar a las viviendas turísticas restricciones propias de los alojamientos hoteleros.

    En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal andaluz rechaza la fórmula usada por el Consistorio para abordar esta medida y estima así el recurso interpuesto contra este acuerdo por la Asociación de Apartamentos, Viviendas Turísticas y Alojamientos Rurales de Granada (AvitarGranada).

    Criterio interpretativo

    Al respecto, la Sala recalca que en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) no hay regulación de las viviendas de uso turístico, «ni menos de sus restricciones o limitaciones», y pretender establecerlo a través de un criterio interpretativo, como habría ocurrido en este caso, no se ajusta a derecho.

    A juicio del TSJA, ni del plan general de la ciudad ni de la ley autonómica «puede deducirse fácilmente que los requisitos de los establecimientos hoteleros deban extenderse a las viviendas de uso turístico».

    En este PGOU en cuestión «no hay regulación de las viviendas de uso turístico, ni menos de sus restricciones o limitaciones, y pretender establecerlo a través de un criterio interpretativo», como a juicio de la Sala ocurre en este caso, «es contrario a derecho«.

    La Sala recuerda que las facultades interpretativas del planeamiento son limitadas y que, «cuando la interpretación añade, restringe o redefine obligaciones, usos o aprovechamientos» se trata de una modificación o revisión del plan que debe realizarse «con las garantías procedimentales correspondientes«.

    La Asociación de Apartamentos, Viviendas Turísticas y Alojamientos Rurales de Granada denunció que el Ayuntamiento de Granada «quiso imponer por atajo político lo que legalmente solo podía hacerse mediante una innovación del planeamiento».

    A juicio del colectivo, se intentó extender a las viviendas turísticas el régimen urbanístico del alojamiento hotelero, pese a que el propio marco andaluz distingue entre establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico, «y pese a que la normativa solo permite limitaciones municipales proporcionadas, claras, objetivas y previamente publicitadas en lo relativo al número máximo de viviendas por edificio, ámbito o zona».

    ”Mensaje inequívoco”

    «El mensaje al Ayuntamiento de Granada es inequívoco: no basta con cambiar la forma para intentar mantener el mismo resultado. Lo que ha pretendido el Ayuntamiento ya ha sido declarado ilegal por la vía utilizada y, si en la futura regulación insiste en perseguir a unos mientras favorece a otros, volverá a chocar no solo con el ordenamiento español, sino también con el marco europeo de no discriminación, necesidad y proporcionalidad», consideran desde Avitargranada.

    La asociación ha animado a todos los afectados que hayan visto canceladas, bloqueadas o frustradas sus licencias, registros, expedientes o explotaciones turísticas por la aplicación de este acuerdo a que contacten con la asociación para estudiar su caso.

    «Esas reclamaciones podrán comprender no solo gastos, inversiones o reformas paralizadas, sino también, cuando proceda y pueda acreditarse, el lucro cesante derivado de reservas perdidas, actividad bloqueada e ingresos dejados de percibir», consideran.

    El Ayuntamiento recurrirá la sentencia

    Por su parte, el concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Granada, Enrique Catalina, ha anunciado este mismo jueves que el Consistorio va a recurrir la sentencia del alto tribunal.

    Así, el edil ha recordado que el criterio de interpretación para el control y ordenación de las viviendas turísticas en la ciudad de Granada, se aprobó en el pleno de la Corporación municipal de julio de 2024 sin ningún voto en contra de los grupos políticos.

    «Con posterioridad, igualmente, el Tribunal desestimó las medidas cautelares que pretendía este recurso. No fue el primer paso para controlar y ordenar la vivienda de uso turístico en la ciudad, sino, a continuación, iniciamos una innovación que fue aprobada inicialmente a principios de 2025 y que actualmente sigue en marcha», señala.

    «Los servicios jurídicos están preparando un recurso de casación ante esta instancia, pues entendemos que nos avala la razón y ello contribuye a mejorar la convivencia de la ciudad con este control de vivienda de uso turístico», ha concluido.

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