La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a tres años y seis meses de cárcel al acusado de intentar matar de varios disparos a un hombre que le recriminó que estuviera molestando e insultando a varios menores en un parque en la localidad granadina de Motril.
El acusado reconoció los hechos el día del juicio y aceptó la condena en virtud del acuerdo alcanzado entre su defensa y la Fiscalía, que inicialmente reclamaba cinco años y tres meses de prisión por estos hechos, según consta en la sentencia, revisada por EP y remitida a GRX Actualidad.
El tribunal considera probado que el pasado 25 de agosto de 2022 el ahora condenado inició una discusión con otro hombre al que había recriminado estar molestando e insultando a varios menores que estaban en un parque. El acusado le dio un puñetazo que generó una pelea y después se marchó gritando «ahora te vas a enterar».
Unos minutos después volvió al lugar con un arma de fuego corta con la que le efectuó tres disparos sin éxito mientras la víctima huía del lugar, si bien una de las detonaciones impactó contra una palmera tras la cual se había refugiado la víctima.
Finalmente, el autor de los hechos fue localizado y detenido por la Policía Nacional cuando se refugiaba en casa de su madre, y le fue intervenida el arma para la que carecía de licencia.
El procesado, asistido de su letrada, Isabel del Campo Pierrad, mostró su conformidad con las tres peticiones del Ministerio Fiscal por un delito de homicidio en grado de tentativa, un delito de tenencia ilícita de armas y un delito leve de malos tratos, concurriendo la eximente incompleta de alteración psíquica.
Además, en el juicio oral se dictó sentencia manifestando las partes su decisión de no recurrir, por lo que la misma fue declarada firme. La Audiencia Provincial de Granada le condena como autor de un homicidio en grado de tentativa con la eximente incompleta de alteración psíquica a la pena de dos años y seis meses de prisión. Además, se le prohíbe comunicarse con la víctima o aproximarse a menos de 300 metros durante un periodo de cuatro años.
También se le condena a un año de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas; y como autor responsable de un delito leve de malos tratos a la pena de 780 euros de multa.

