El grupo de Vox en el Ayuntamiento de Granada ha presentado alegaciones a la ordenanza fiscal que regula la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia municipal. Vox ha denominado esta norma como «tasazo de la basura» y asegura que «no mejora» ni las prestaciones ni los incentivos para los granadinos.
La formación ya ha presentado una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para declarar nula la ordenanza. La portavoz del grupo municipal, Beatriz Sánchez Agustino, recordó que su partido «presentó alegaciones contra la tasa en abril» por considerar que «no suponía ninguna mejora del servicio y que no incluía suficientes incentivos y bonificaciones fiscales».
Crítica al sistema de cálculo
Sánchez Agustino ha subrayado que «la tasa se regula de forma arbitraria y generalista» y que «no establece una relación directa entre el volumen de residuos generados por cada obligado tributario y la cuantía a pagar».
El cálculo de la tasa, según la portavoz, «no individualiza la generación real de residuos, sino que utiliza un sistema estimativo por áreas y en función del valor y la superficie catastral».
Incompatibilidad con la Constitución y la ley
Desde Vox alertan de que la ordenanza «incumple el artículo 31.1 de la Constitución Española, que establece que todos los ciudadanos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica». La tasa, afirman, «no guarda proporción con la capacidad económica real del contribuyente ni con el coste efectivo del servicio, ya que ignora contribuciones previas a través de otros impuestos».
La portavoz añade que «el principio de equivalencia exige que la tasa guarde relación con el coste real del servicio y su utilización efectiva». Por ello, considera «imprescindible un estudio técnico-económico suficientemente detallado y motivado».
Falta de incentivos al reciclaje
Sánchez Agustino ha criticado que la ordenanza «carece de mecanismos para incentivar la reducción de residuos y el reciclaje», incumpliendo la Ley 7/2022, que obliga a las entidades locales a establecer sistemas de pago por generación y medidas que promuevan la reducción en origen.
Bonificaciones y particularidades no contempladas
Entre las alegaciones, Vox destaca que «la ordenanza no aplica el porcentaje máximo de bonificaciones que permite la ley, del 95% en la cuota variable de la tasa para empresas de distribución alimentaria y de restauración».
También critica que «no se contemplan particularidades para viviendas de alquiler vacacional que tengan sistemas de recogida separada ni para comunidades que practiquen compostaje doméstico o comunitario, o separación de materia orgánica compostable».
Finalmente, Vox subraya que «no se reconocen reducciones para usuarios que participen en recogidas separadas, por ejemplo en puntos limpios, ni para contribuyentes titulares de familias numerosas».

