El recurso que la Universidad de Granada (UGR) ha presentado en casación ante el Tribunal Supremo (TS) responde a la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que anuló la decisión de la institución académica de suspender sus colaboraciones académicas y científicas con instituciones israelíes. En su recurso, la UGR invoca la autonomía universitaria como derecho fundamental que, a su juicio, la habilita para adoptar un acuerdo que no considera “discriminatorio”.
La UGR rechaza que se vulneraran derechos fundamentales
El TSJA sostuvo que existían medidas que “vulneran los derechos fundamentales”, un extremo que la UGR niega, según fuentes consultadas por Europa Press en la institución. Esas fuentes recuerdan que el recurso se presentó el pasado 4 de noviembre, dentro del plazo estipulado desde que el alto tribunal andaluz dictara su sentencia.
“Los derechos a la igualdad y a la integridad moral no han sido vulnerados”, apuntan las mismas fuentes, que advierten además de que la interpretación realizada en la sentencia sobre estos derechos, tras una decisión adoptada por el Consejo de Gobierno de la UGR, no habría sido “acertada”.
El rector defendió la preparación del recurso
El 24 de septiembre, durante la jornada de recepción de estudiantes al inicio del curso, los medios preguntaron al rector de la UGR, Pedro Mercado, por este asunto. Explicó que, desde el “máximo respeto” a las resoluciones judiciales, el equipo jurídico de la universidad evaluaba los argumentos de la sentencia para preparar el recurso y defender “los valores que inspiran a la propia Universidad”.
El TSJA revocó la decisión inicial del juzgado
En su sentencia, consultada por Europa Press, el TSJA estimó en septiembre el recurso presentado por la Asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM). Así, revocó el fallo dictado en marzo por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Granada, que había avalado la legalidad de la decisión de la UGR.
La institución docente suspendió en mayo de 2024 su colaboración académica y científica con instituciones israelíes en respuesta a las movilizaciones de estudiantes, de la comunidad educativa y de la sociedad civil.
Alcance de la suspensión aprobada por la UGR
La UGR suspendió la movilidad entrante y saliente de estudiantes, personal docente e investigador, y personal técnico, de gestión, administración y servicios con universidades israelíes. También paralizó la cooperación científico-técnica con instituciones de ese país y varios convenios con universidades del territorio.
El TSJA calificó la medida de discriminatoria
Para el TSJA, la UGR, “bajo el pretexto de su autonomía universitaria”, dictó un acuerdo “discriminatorio que vulnera, además, la dignidad de la persona en relación con el derecho a la integridad moral de los afectados, a quienes estigmatiza”, pues “de alguna manera, responsabiliza del conflicto y excluye de la vida universitaria sin ni siquiera conocer cuál es su opinión sobre el estado actual del conflicto”.
El tribunal consideró que, con esta decisión, la universidad granadina transmite a la opinión pública “una opinión negativa sobre ellos, enfrentándoles de ese modo con el resto de la población y generándoles un peligro”, algo “extraordinariamente grave” tratándose de una institución educativa pública.
“La autonomía universitaria no excluye las limitaciones que imponen otros derechos fundamentales, y consideramos que los pronunciamientos sobre asuntos de actualidad política de las instituciones públicas, ajenos a su concreta esfera de competencias, son contrarios a derecho si contienen, como es el caso, medidas que vulneran los derechos fundamentales”, añadía la sentencia.
El juzgado de Granada sí avaló la suspensión
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Granada avaló en marzo de 2025 la suspensión. Sostuvo que la UGR actuó dentro de su autonomía universitaria y que la medida no constituía discriminación, sino una respuesta proporcional y ajustada al derecho internacional humanitario. Sin embargo, el TSJA revocó ese pronunciamiento.

