El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de cinco años de prisión y seis de libertad vigilada para un hombre juzgado en la Audiencia de Granada por agredir sexualmente al hijo de la mujer con la que mantenía relaciones esporádicas. La víctima tenía nueve años en el momento de los hechos.
Detalles de los hechos
Los hechos ocurrieron alrededor de las ocho de la tarde del 29 de noviembre de 2019, en un municipio del área metropolitana de Granada. El acusado captó la atención del menor asegurándole que le acompañaría a robar una moto y lo condujo a un paraje recóndito y despoblado, donde había una construcción en la que se introdujeron.
En ese lugar se iniciaron las agresiones sexuales, consistentes en tocamientos sobre distintas partes del cuerpo del menor. Para vencer la resistencia del niño, el acusado le golpeó provocándole diversas lesiones, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.
Antes de los hechos, el acusado, residente en Jaén, llevaba dos meses manteniendo relaciones sexuales con la madre del menor y pasaba algunos días en su domicilio.
Recursos y fallo del TSJA
Tanto la defensa como la acusación particular recurrieron la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Granada, que condenó al acusado por un delito consumado de agresión sexual a menor de dieciséis años con empleo de violencia y por un delito de lesiones.
El acusado negó los hechos, pero la Sección de Apelaciones de la Sala Penal del TSJA confirmó la condena, dando total credibilidad al testimonio de la víctima. Además, el fallo prohíbe al acusado contactar o acercarse al menor durante doce años.
Medidas adicionales
El condenado deberá indemnizar al menor con 5.200 euros y queda inhabilitado para ejercer cualquier profesión u oficio que implique contacto regular y directo con menores durante nueve años. Por el delito leve de lesiones, se le impuso una multa de 480 euros.

